BASES DE LA PROMOCIÓN “MAHOU CINCO ESTRELLAS GRANDES PREMIOS”
PRIMERO.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN
La presente promoción se organiza por la entidad MAHOU, S.A., con CIF nº A-28078202, domiciliada en Madrid, calle Titán, núm. 15, (en adelante, la “COMPAÑÍA”).
SEGUNDO. - OBJETO DE LA PROMOCIÓN
A través de la presente promoción (en adelante, la “Promoción”) la COMPAÑÍA pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa.
TERCERO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO
El ámbito de aplicación de esta Promoción es en las provincias de Toledo, Salamanca y Valladolid, y en particular los establecimientos de hostelería clientes de COMPAÑIA que adquieran el producto promocionado a través de los concesionarios oficiales.
CUARTO. - ÁMBITO TEMPORAL
La Promoción dará comienzo el día 13 de mayo de 2024 y finalizará el día 31 de octubre de 2024, ambos inclusive.
QUINTO. - COMUNICACIÓN
La Promoción se comunicará al público por la COMPAÑÍA indistintamente a través de, entre otras, cualquiera de las siguientes vías:
- Página Web
- Comunicados WhatsApp
- Comunicados Newsletter
- Sales Folder informativo
- Pósteres
SEXTO. - PREMIOS
Los premios que se van a entregar a los ganadores de la presente Promoción son:
-
18 Estancias Paradores que incluyen una noche con desayuno para dos personas. Precio aproximado de pack 2 personas de 200 €.
Hotel: Estancia en régimen de alojamiento de una (1) noche para dos (2) personas en Parador a elegir por el ganador dentro de las posibles alternativas que ofrece la marca Paradores para este pack.
-
9 Viajes por Europa:
a. 3 Viajes a Roma de un fin de semana que incluyen 2 noches y hotel para dos personas.
Precio aproximado de pack 2 personas de 2.650 €.
Vuelos: Vuelo de ida y vuelta desde el aeropuerto Madrid Barajas hasta Roma.
Transfers: Traslados desde el aeropuerto al hotel y viceversa.
Equipaje: Una (1) maleta de mano por persona.
Hotel: Estancia en régimen de alojamiento de dos (2) noches para dos (2) personas en Hotel.
b. 3 Viajes a Berlín de un fin de semana que incluyen 2 noches y hotel para dos personas.
Precio aproximado de pack 2 personas de 2.964 €.
Vuelos: Vuelo de ida y vuelta desde el aeropuerto Madrid Barajas hasta Berlín.
Transfers: Traslados desde el aeropuerto al hotel y viceversa.
Equipaje: Una (1) maleta de mano por persona.
Hotel: Estancia en régimen de alojamiento de dos (2) noches para dos (2) personas en Hotel.
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c. 3 Viajes a París de un fin de semana que incluyen 2 noches y hotel para dos personas.
Precio aproximado de pack 2 personas de 2.990 €.
Vuelos: Vuelo de ida y vuelta desde el aeropuerto Madrid Barajas hasta París.
Transfers: Traslados desde el aeropuerto al hotel y viceversa.
Equipaje: Una (1) maleta de mano por persona.
Hotel: Estancia en régimen de alojamiento de dos (2) noches para dos (2) personas en Hotel.
Detalles viajes Europa:
Vuelos directos de línea regular en clase turista.
Tasas aéreas internacionales.
1 maleta facturada por persona (20kg) para 2 pasajeros.
2 noches en hotel 4 estrellas o superior, en régimen de Media Pensión (desayuno y cena), en base a 1 Habitación Doble.
Traslados en el destino (aeropuerto-hotel y hotel-aeropuerto).
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3 Viajes a Nueva York que incluyen 4 noches y hotel para cuatro personas.
Vuelos: Vuelo de ida y vuelta desde el aeropuerto Madrid Barajas hasta Nueva York (EEUU). Precio aproximado de pack familiar de 12.167 €.
Transfers: Traslados desde el aeropuerto de Nueva York al hotel y viceversa.
Equipaje: Una (1) maleta de mano por persona.
Hotel: Estancia en régimen de alojamiento de cuatro (4) noches para cuatro (4) personas en Hotel.
Detalles viaje a Nueva York:
Vuelos directos de línea regular en clase turista.
Tasas aéreas internacionales.
1 maleta facturada por persona (20kg) para 4 pasajeros.
4 noches en hotel 4 estrellas o superior, en régimen de alojamiento y desayuno, en base a 2 Habitaciones Dobles.
Traslados en Nueva York (aeropuerto-hotel y hotel-aeropuerto).
La compañía organizadora no se hará cargo de los gastos personales de los ganadores (a título meramente enunciativo, pero no limitativo: lavandería, minibar, teléfono, bebidas que no estuviesen incluidas en el régimen establecido de alojamiento, otro gasto o consumo extraordinario durante su estancia en los viajes). Así como tampoco de los gastos personales de los ganadores que pudieran derivarse en los aeropuertos de salida y destino, ni durante el transcurso de los vuelos.
Por ende, la COMPAÑIA en ningún caso correrá con gastos adicionales que no estén contemplados en cualquiera de los puntos mencionados con anterioridad.
Los ganadores del viaje a Nueva York podrán disfrutar del viaje con tres (3) familiares directos, es decir, un total de 4 personas. Estas personas deberán demostrar mediante documento de identidad que son familiares directos o hasta el segundo grado de consanguinidad. Los ganadores de este viaje junto a sus acompañantes deberán tener/hacerse pasaporte digital y tramitarse vía e-mail el visado de entrada a través de la página web https://esta.cbp.dhs.gov y el coste de realizar este pasaporte lo deberán asumir ellos.
En caso de que el acompañante sea un menor de edad, la persona responsable tendrá que disponer de todos los permisos y autorizaciones necesarias para que esta pueda salir del país.
Los viajes deberán disfrutarse en las fechas que determine el ganador, de acuerdo con la empresa organizadora y previa confirmación de disponibilidad por parte de la COMPAÑIA, no pudiendo coincidir estas fechas con las vacaciones de Semana Santa, Navidad, los meses de julio y agosto, así como los puentes Nacionales del año 2024-2025.
No se podrán realizar cancelaciones o rectificaciones por parte del ganador después de confirmar la aceptación del premio, así como después de confirmar la reserva de los transportes necesarios y el hotel correspondiente.
Los ganadores podrán renunciar a sus premios, pero en ningún caso éstos serán canjeados por su valor metálico o mediante otro medio que no sea el indicado en las presentes bases, ni tampoco podrán ser cedidos ni vendidos a terceras personas. Los ganadores de los viajes deberán indicar las posibles fechas dentro de un plazo establecido y no pudiendo superar nunca el 28 de febrero de 2025 para realizar el viaje.
Los ganadores y sus acompañantes deberán ser mayores de edad
Cada participante puede resultar ganador de más de un premio.
A efectos aclaratorios, no se considerará válida la participación de aquellos usuarios con diferentes nombres, en los que coincida el registro de participación.
A los premios de la presente Promoción les será de aplicación lo establecido en los apartados 9.4 y 9.7 de las presentes bases legales.
Los ganadores deberán ser mayores de edad.
SÉPTIMO. - MECÁNICA
Todas aquéllas personas que deseen participar en la Promoción deberán cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases.
La mecánica de la Promoción será la que se detalla a continuación.
Los profesionales del sector de la hostelería, que cumplan las condiciones de la presente promoción, por la compra de 5 cajas de botellas de tercio de Mahou Cinco Estrellas formato retornable, durante el periodo de vigencia de esta, obtendrán “una participación”. En caso de que el local esté ubicado en la provincia de Salamanca (excepto capital) para conseguir una participación podrán participar por la compra de 6 cajas de Mahou Cinco Estrellas (4 cajas de quintos + 2 cajas de tercios).
Para participar en la presente promoción el gestor registrará la compra del lote correspondiente del hostelero en la web www.retomsm.com/grandespremios y el participante recibirá un e-mail con el código de participación para el sorteo de los premios en curso y también para el gran viaje final a Nueva York.
En caso de estar registrado, el usuario deberá identificarse con su email y su contraseña.
Cada compra de lote registrada por el gestor dará lugar a una participación y se podrán obtener un número ilimitado de participaciones por usuarios. Estas participaciones servirán para participar en los diferentes sorteos:
- Premio Paradores: Cada mes (desde mayo hasta octubre de 2024, ambos incluidos) habrá 3 premios que podrán ganar todas las participaciones generadas su mes correspondiente.
- Premio Viajes Europa: Cada dos meses (mayo y junio; julio y agosto; septiembre y octubre) habrá un total de 3 premios que podrán ganar todas las participaciones generadas durante esos dos meses.
- Premio Viajes a Nueva York: Al final del programa se realizará un sorteo en el que habrá 3 premios que podrán ganar todas las participaciones generadas durante la totalidad del programa.
Se validarán las compras que otorgan participaciones mediante la factura realizada al cliente para validar la compra del lote durante la vigencia de la promoción.
Habida cuenta de las características del Premio (que implica el disfrute físico de una determinada experiencia o evento), el Participante manifiesta que no sufre o padece en la actualidad, ni ha sufrido o padecido en el pasado, ninguna enfermedad, ni tiene defecto, lesión preexistente o alteración física alguna, que le impida o limite la posibilidad de disfrute del mismo. Asimismo, el Participante manifiesta estar médicamente apto y adecuadamente entrenado para participar en el evento/experiencia en que consiste el Premio.
A estos efectos, el Participante será el único responsable de las posibles consecuencias adversas que se pudieran derivar para el mismo en el disfrute del Premio, tales como muerte, accidente o lesión, entre otros, por causa de su actuación dolosa, culposa o negligente, siendo asimismo responsable de los daños que pueda causar a otras personas o entidades.
La falta de veracidad, inexactitud o carácter incompleto de las manifestaciones del Participante a estos efectos, no le exime de las responsabilidades en las que incurre, exonerando en cualquiera de los anteriores supuestos a MAHOU, S.A. y a cualquier otra entidad vinculada con la organización y desarrollo del evento/experiencia en que consiste el Premio de cualquier responsabilidad y manteniéndoles indemnes de las mencionadas posibles consecuencias adversas que pudiera sufrir. En particular, el Participante renuncia a reclamar en tales casos a MAHOU, S.A. y a cualquier otra entidad vinculada con la organización y desarrollo del evento/experiencia en que consiste el Premio, cualquier supuesto de posible lucro cesante.
De entre los Participantes de la Promoción resultarán 30 ganadores, que se determinarán según lo establecido en la Cláusula Octava (en adelante, los “Ganadores”).
OCTAVO. - SORTEO
Determinación de los Ganadores mediante sorteo
- Los Ganadores del premio consistente en “Estancias Paradores” se determinarán de forma mensual de entre el día 1 y 10 de cada mes, cada uno de los sorteos entre los participantes de la provincia correspondiente (un sorteo por cada provincia y por cada mes):
- Los ganadores de mayo se obtendrán del 1 al 10 de junio,
- Los ganadores de junio se obtendrán del 1 al 10 de julio.
- Los ganadores de julio se obtendrán del 1 al 10 de agosto.
- Los ganadores de agosto se obtendrán del 1 al 10 de septiembre
- Los ganadores de septiembre se obtendrán del 1 al 10 de octubre.
- Los ganadores de octubre se obtendrán del 1 al 10 de noviembre.
- Los Ganadores del premio consistente en Viajes por Europa se determinarán de forma bimensual de la siguiente forma:
- Los ganadores de mayo y junio se obtendrán del 1 al 10 de julio (premio de Viaje a Roma).
- Los ganadores de julio y agosto se obtendrán del 1 al 10 de septiembre (Premio de Viaje a Berlín).
- Los ganadores de septiembre y octubre se obtendrán del 1 al 10 de noviembre (Premio de Viaje a París).
- Los Ganadores del premio consistente en Viaje a Nueva York se determinarán el día [12] de [noviembre] de [2024], mediante sorteo realizado ante Notario, que procederá a extraer aleatoriamente de la base de datos que contenga el nombre de todos los Participantes de la Promoción (en este caso, todos los participantes de todas las provincias, desde el inicio de la promoción), el nombre de los tres Ganadores y de [nueve] suplentes, utilizando para ello una aplicación informática habilitada a estos efectos por el Colegio Notarial y que garantiza la aleatoriedad del sorteo.
- Esta Promoción está limitada a las personas físicas mayores de 18 años o jurídicas profesionales del sector de la hostelería, clientes de la COMPAÑIA, con establecimiento abierto dentro del ámbito geográfico de la presente Promoción y que adquieran el producto promocionado a través de los Concesionarios Oficiales de la COMPAÑIA.
- La COMPAÑIA queda facultada para excluir a los Participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de la COMPAÑÍA, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
- En particular, la COMPAÑÍA queda facultada a excluir de la Promoción al personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán participar en la Promoción los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
- En caso de que para participar en la Promoción, los Participantes deban crear o diseñar una obra (consistente en una imagen, sonido, vídeo o una obra de cualquier otra índole), la COMPAÑÍA se reserva el derecho de rechazar y eliminar de la Promoción cualquier obra que no se adapte a todos y cada uno de los requisitos señalados por la COMPAÑÍA o que la COMPAÑÍA considere que afecta o es susceptible de afectar la imagen y buena reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de las marcas que integran la cartera de marcas del grupo al que pertenece la COMPAÑÍA.
- Los datos facilitados por los Participantes, deberán ser veraces. Dado que los datos son esenciales para la participación en la presente Promoción, en el caso de que los mismos fueran falsos, la COMPAÑÍA podrá eliminar al Participante de la Promoción. En caso de que no haya sido detectada la falsedad de los datos y el Participante resulte ganador de un premio de la presente Promoción, el Participante quedará igualmente excluido de la Promoción.
- En los casos indicados anteriormente, los Participantes excluidos perderán su derecho al premio. En caso de que dichos Participantes hayan resultado Ganadores de la Promoción, al ser excluidos, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.
- El mero hecho de participar en esta Promoción implica la aceptación en su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de la COMPAÑIA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.
- La COMPAÑIA se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo a título meramente enunciativo, pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de las mismas. Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los Participantes a través de los mismos medios en los que se haya comunicado la celebración de la Promoción, quedando eximida la COMPAÑIA de toda obligación o compensación económica respecto a los Participantes.
- El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los Ganadores, siendo los Ganadores las personas que disfruten del mismo, salvo autorización expresa de la COMPAÑIA.
- Una vez entregados a los Ganadores, los premios no podrán ser objeto de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.
- Las imágenes o vídeos en los que aparezcan publicitados los premios de la Promoción pueden reflejar bienes o servicios con características sensiblemente distintas a aquéllos que constituyan los premios a ser entregados, no derivándose de ello para la Compañía una obligación contractual o legal de entregar como premio exactamente el bien o servicio que aparezca reflejado en tales imágenes o vídeos.
- La COMPAÑÍA podrá solicitar a los Ganadores de la presente Promoción la aceptación escrita del premio. Los Ganadores podrán renunciar al premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada asimismo por los Ganadores. En caso de que los Ganadores renuncien al premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.
- Cuando el premio este sujeto a garantía del fabricante o del proveedor, por lo que, en caso de fallo o mal funcionamiento del artículo, los Ganadores deberán dirigirse al servicio técnico del proveedor o fabricante del mismo, quedando la COMPAÑÍA exonerada de cualquier responsabilidad derivada del fallo o mal funcionamiento del artículo.
- Cuando el premio consista en la realización de un determinado viaje, se entiende que quedan excluidos del premio los desplazamientos de los Ganadores y, en su caso, sus acompañantes hasta el lugar fijado como punto de partida (incluyendo a título meramente enunciativo y sin limitación, aeropuertos, estaciones de tren, estaciones de autobuses, etc.), las tasas de los aeropuertos o cualquier otro tipo de estación, los gastos extras en los hoteles, los posibles suplementos por subidas de carburante, los gastos derivados de visados y cualesquiera otros gastos derivados de bienes o servicios que excedan de la definición del premio detallada en la Cláusula Sexta.
- En el supuesto de que estas Bases regulen un determinado período durante el que se pueda disfrutar de los premios, éste deberá ser respetado por los Ganadores, sin que quepa la posibilidad de modificarlo.
- Si la COMPAÑIA lo considera necesario, se podrá dejar algún premio desierto.
- Los premios se entregarán exclusivamente dentro del territorio nacional en la dirección que la COMPAÑÍA indique a los Ganadores o, en su caso, suplentes en el momento de la notificación del premio.
- El período de reclamación de los premios finaliza transcurridos siete (7) días naturales desde que los consumidores reciban la notificación de que han resultado agraciados con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. En caso de que los Ganadores no reclamen en premio en este plazo, el premio pasará al siguiente suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Agotado el número de suplentes, la Promoción se declarará desierta.
- Para el supuesto de que los Participantes aportaran contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial a través de los medios puestos a su disposición para ello, los Participantes ceden a la COMPAÑÍA, con carácter exclusivo y gratuito, para todo el territorio mundial y durante todo el periodo de vigencia de los mismos, la titularidad de todos los derechos de propiedad intelectual sobre las obras, que podrán ser explotadas por la COMPAÑÍA sin limitación de ningún tipo.
- Asimismo, los derechos cedidos sobre todas las obras de la Promoción (tanto si resultan ganadoras como si no) comprenden, sin carácter limitativo, el derecho de reproducción, de distribución, de comunicación pública y de transformación, tal y como aparecen definidos en la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Los derechos cedidos podrán ser explotados por la COMPAÑÍA a través de cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad, incluyendo, sin carácter limitativo, la explotación en televisión y/o mediante cualquier otro procedimiento audiovisual, la explotación online, la explotación en cualesquiera medios impresos (como cartel publicitario, en prensa, dossier de prensa, diarios, revistas, libros, publicidad), la explotación en cualquier tipo de soporte (incluyendo la explotación en DVDs, CDs y la explotación en vídeo), la exhibición en cualesquiera locales (abiertos al público o no) y/o en la vía pública, y el uso de las obras en cualquier actividad y/o medio publicitario o promocional (incluyendo, sin carácter limitativo, publicidad exterior). La COMPAÑÍA estará facultada para ceder y/o licenciar a terceros, con carácter de exclusiva o no, los derechos cedidos.
- Los Participantes garantizan expresamente, con total indemnidad para la COMPAÑÍA, la autoría y originalidad de cualesquiera de las obras remitidas como consecuencia de esta Promoción, y que las mismas no son copias ni modificación total o parcial de ninguna obra o marca protegible, ni que las mismas se hallan sometidas a ninguna otra promoción o concurso, resuelto o pendiente de resolución. En este sentido, los Participantes se comprometen a mantener indemne a la COMPAÑÍA frente a cualquier reclamación de terceros por daños y perjuicios que se deriven de cualesquiera de las obras remitidas o del uso que de éstas lleve a cabo la COMPAÑÍA en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual o industrial, de competencia desleal o suponga una infracción de la restante legislación que resulte de aplicación.
- Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a la COMPAÑÍA a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su tratamiento a través de cualquier sistema y soporte que permita fijar, insertar, difundir, reproducir, divulgar, comunicar y explotar públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de la COMPAÑIA, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial y sin que de lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por la COMPAÑIA.
- A estos efectos, las referencias que se hagan a “cualquier sistema y soporte” deben interpretarse de manera extensiva a cualquier medio que permita la fijación, reproducción, distribución y comunicación pública de la imagen y voz, del cedente (incluyendo con carácter meramente enunciativo y no limitativo, la prensa, la televisión, el cine, Internet, los dispositivos móviles, etc.) a utilizar el diseño de las imágenes y voz, en todo tipo de acciones publicitarias tales como presentaciones y eventos organizados por la COMPAÑIA.
- La autorización incluye todos los derechos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin limitación de tiempo ni de territorio.
- A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación aplicable en cada momento.
- De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, la retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 19% sobre la base de retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para la Compañía incrementado en un 20%.
- En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, la Compañía deberá practicar las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan sobre el valor de los premios. [Incluir a continuación alguna de las siguientes opciones:
- En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, la Compañía deberá practicar las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan sobre el valor de los premios.
- Exceptuando las obligaciones de la Compañía de practicar las retenciones e ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga lo contrario.
- La COMPAÑÍA, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador de la Promoción por cualquier acción u omisión no imputable a la COMPAÑÍA, sus proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, durante el disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable.
- La COMPAÑIA no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en esta Promoción. Consecuentemente, los Participantes de la presente Promoción, exoneran a la COMPAÑÍA, de la forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo la indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar implicada la COMPAÑÍA con motivo y ocasión de la presente Promoción.
- La COMPAÑÍA, no se responsabiliza de los actos y comportamientos de los Participantes, ni de sus hipotéticas responsabilidades penales, civiles o de cualquier otra índole ni de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable al ganador o a su acompañante en su caso, o a terceros (como a título de ejemplo, agencias de viaje, compañías aéreas, etc.,) que puedan afectar tanto a la participación como al disfrute de los regalos de la presente Promoción.
- La COMPAÑIA queda exonerada de toda responsabilidad derivada del mal funcionamiento de correos, de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a la COMPAÑIA y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la COMPAÑÍA por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.
- Resultará de aplicación a la presente Promoción en la medida en la que proceda las Condiciones Generales de Uso de la Web.
- La COMPAÑIA no se hace responsable de los servicios que presten terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación de la presente Promoción.
- La COMPAÑIA, procederá a la anulación de los SMS, MMS, correos electrónicos u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas, manipuladas o pertenecientes a otras promociones.
- En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga imposible la determinación del Ganador, la COMPAÑÍA pondrá fin a la Promoción, renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra la COMPAÑÍA, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento.
- La COMPAÑIA, se compromete a llevar a cabo la presente Promoción conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre protección de menores.
- La COMPAÑIA recomienda el consumo responsable de las bebidas alcohólicas.
- Las presentes bases serán depositadas ante el Notario de Madrid, Don Ignacio García Noblejas Santa Olalla.
- Asimismo, las bases de la Promoción serán publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en: https://www.notariado.org/portal/%C3%81baco.
- Los datos de los participantes en la Promoción serán tratados conjuntamente por las compañías MAHOU, S.A.; CERVECERA INDEPENDIENTE, S.A. Y AGUAS DE SOLÁN DE CABRAS, S.A. como corresponsables del tratamiento (GRUPO MAHOU-SAN MIGUEL).
- La finalidad principal del tratamiento de los datos personales de los participantes será la de gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado, así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que sean de aplicación en relación con la Promoción. Para conocer en detalle las finalidades con las que GRUPO MAHOU SAN MIGUEL puede tratar sus datos personales puede acceder a nuestra Política de Privacidad en la siguiente URL: (https://www.mahou.es/politica-de-privacidad/).
- La base legal para el tratamiento de los datos personales de los participantes con la finalidad anterior será la ejecución del acuerdo contractual de participación en la promoción regulado en las presentes Bases.
- Sus datos podrán ser compartidos con terceros prestadores de servicios que actuarán como encargados de tratamiento de las compañías de GRUPO MAHOU- SAN MIGUEL, con las Administraciones Públicas para el cumplimiento de obligaciones legales y con aquellas entidades que puedan colaborar en la organización del premio y cuyos datos identificativos serán en todo caso dados a conocer al participante en el contexto de la promoción.
- Sus datos únicamente serán conservados con posterioridad a la entrega del premio si usted resultó premiado. Esta conservación se realizará a los meros efectos de dar la correspondiente difusión del premio y de cumplir con las obligaciones fiscales que resulten de aplicación o de cualquier otra normativa aplicable.
- Los participantes podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercitar otros derechos con relación a su información personal, tal y como se explica en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL: (https://www.mahou.es/politica-de-privacidad/).
- Puede consultar información adicional y detallada sobre como tratamos sus datos en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL: (https://www.mahou.es/politica-de-privacidad/), la cual resultará de aplicación a la presente Promoción en todo lo que no contradiga a las presentes Bases.
- Las Bases de la Promoción se rigen por la ley española.
- La COMPAÑÍA y los Participantes en la Promoción, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que les sean aplicables en base a la regulación establecida en la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.
Los ganadores se obtendrán, mediante sorteo realizado ante Notario cada mes y por cada provincia (Toledo, Salamanca y Valladolid), que procederá a extraer aleatoriamente de las bases de datos que contengan el nombre de todos los Participantes de la Promoción del mes correspondiente y de la provincia correspondiente, el nombre de 1 ganador por provincia (en total, 3 ganadores) y [3] suplentes por provincia (9 en total), utilizando para ello una aplicación informática habilitada a estos efectos por el Colegio Notarial y que garantiza la aleatoriedad del sorteo.
Los ganadores se obtendrán, mediante sorteo realizado ante Notario cada mes y por cada provincia (Toledo, Salamanca y Valladolid), que procederá a extraer aleatoriamente de las bases de datos que contengan el nombre de todos los Participantes de la Promoción de la bimensualidad correspondiente y de la provincia correspondiente, el nombre de 1 ganador por provincia (en total, 3 ganadores) y 3 suplentes por provincia (9 en total), utilizando para ello una aplicación informática habilitada a estos efectos por el Colegio Notarial y que garantiza la aleatoriedad del sorteo.
En el plazo de los [10] días naturales siguientes al día en el que se determine a los Ganadores, la COMPAÑÍA o los agentes que tenga contratados para la gestión de la Promoción comunicarán a los Ganadores que han resultado agraciados con el premio que se detalla en estas bases. Asimismo, la COMPAÑÍA hará público los nombres de los ganadores mediante Pagina web y comunicado Newsletter.
Una vez comunicado el premio al ganador mediante correo electrónico este deberá responder con los datos solicitados en un plazo inferior a 7 días naturales. Si durante ese plazo el ganador no responde, el premio pasará al siguiente ganador reserva.
Si una vez revisada la facturación alguno de los ganadores no cumple la compra de lotes de participación, el premio pasará a un ganador reserva.
En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas distintas de aquéllas que hayan resultado Ganadoras de la Promoción o, en su caso y de conformidad con lo dispuesto a continuación, los suplentes.
No podrán ser Ganadores de la Promoción el personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán ser Ganadores los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de sus marcas.
NOVENO. - CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL
9.1.- Legitimación
9.2.- Limitaciones a la participación
9.3.- Aceptación de las bases legales
9.4.- Del premio de la Promoción, su aceptación y cesión
9.5.- Derechos de propiedad intelectual
9.6.- Derechos de imagen
9.7.- Fiscal
Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, la Compañía se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.
9.8.- Exoneración de responsabilidad
9.9.- Declaración responsable
9.10.- Depósito de bases y su publicación
DÉCIMO. - PROTECCIÓN DE DATOS
UNDÉCIMO.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE