• ACCESO LOCALES
  • ACCESO DISTRIBUIDORES

BASES DE LA PROMOCIÓN “MAHOU CINCO ESTRELLAS GRANDES EXPERIENCIAS - DISTRIBUIDORES”

PRIMERO.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN

La presente promoción se organiza por la entidad MAHOU, S.A., con CIF nº A-28078202, domiciliada en Madrid, calle Titán, núm. 15, (en adelante, la “COMPAÑÍA”).

SEGUNDO. - OBJETO DE LA PROMOCIÓN

A través de la presente promoción (en adelante, la “Promoción”) la COMPAÑÍA pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa. En concreto la referencia tercio Mahou Cinco Estrellas formato retornable, en adelante el Producto. Tiene por objeto incentivar y premiar el esfuerzo de venta del Producto en el canal HORECA por parte de los concesionarios participantes.

TERCERO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO

La Promoción se dirige a los concesionarios, entendidos como empresas distribuidoras clientes de la COMPAÑÍA que comercialicen el Producto en el canal HORECA, ubicados en las siguientes provincias:

Albacete

Alicante

Asturias

Ávila

Barcelona

Burgos

Cáceres

Cantabria

Castellón

Ciudad Real

Cuenca

Guadalajara

La Rioja

León

Madrid

Navarra

Palencia

Pontevedra

Salamanca

Segovia

Soria

Toledo

Valencia

Valladolid

Zamora


CUARTO. - ÁMBITO TEMPORAL

La Promoción dará comienzo el día 12 de mayo de 2025 y finalizará el día 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive.

QUINTO. - COMUNICACIÓN

La Promoción se comunicará al público por la COMPAÑÍA indistintamente a través de, entre otras, cualquiera de las siguientes canales:

  1. Página Web oficial de la acción: www.retomsm.com/grandesexperiencias
  2. Comunicaciones por Newsletter
  3. Material informativo (Sales Folder)

SEXTO. - PREMIOS

Habrá un total de 15 premios consistente en un viaje para el equipo de preventas de cada concesionario ganador.

Se entiende por equipo de preventas aquel que la Compañía haya definido internamente para cada concesionario participante. En cualquier caso, el premio se otorgará al número de integrantes del equipo que haya sido designado por la Compañía como parte del equipo de preventas para dicha distribuidora.

Descripción del premio: Viaje a República Dominicana para el equipo de preventas del concesionario ganador. El viaje incluirá:

  • Vuelos directos desde Madrid
  • Estancia de 5 noches en hotel 4* o superior en régimen de todo incluido
  • Excursiones y actividades
  • Precio estimado por persona: 2.990 €, en base a habitación doble
  • Fechas previstas: entre febrero y junio de 2026

Los premios se adjudicarán de la siguiente manera:

  • a) 12 premios por ranking: Se establecerán 4 rankings distintos (descritos en la Cláusula Octava), y se premiará a los 3 primeros clasificados de cada ranking.
  • b) 3 premios por sorteo: Se celebrará un sorteo ante notario entre todos los concesionarios participantes que hayan acumulado puntos y cada punto le otorga una participación, según se define en la mecánica.

El viaje se otorgará al equipo de preventas de cada concesionario ganador, entendiéndose por tal el personal previamente registrado por la COMPAÑÍA como perteneciente a dicho equipo. La COMPAÑÍA no se responsabilizará en caso de que los comerciales (preventas) registrados sean inferiores a los empleados efectivamente por la distribuidora, pudiendo disfrutar del viaje únicamente aquellos debidamente registrados por la COMPAÑÍA.

La compañía organizadora no se hará cargo de los gastos personales de los ganadores (a título meramente enunciativo, pero no limitativo: lavandería, minibar, teléfono, bebidas que no estuviesen incluidas en el régimen establecido de alojamiento, otro gasto o consumo extraordinario durante su estancia en los viajes). Así como tampoco de los gastos personales de los ganadores que pudieran derivarse en los aeropuertos de salida y destino, ni durante el transcurso de los vuelos, ni durante todo el viaje.

Por ende, la COMPAÑÍA en ningún caso correrá con gastos adicionales que no estén contemplados en cualquiera de los puntos descritos en las bases legales.

Los viajes deberán disfrutarse en las fechas que determine la COMPAÑÍA, de acuerdo con la empresa organizadora siendo la COMPAÑÍA quien finalmente decida las fechas finales del viaje.

No se podrán realizar cancelaciones o rectificaciones por parte del ganador después de confirmar la aceptación del premio, así como después de confirmar la reserva de los transportes necesarios y el hotel correspondiente.

Los ganadores podrán renunciar a sus premios, pero en ningún caso éstos serán canjeados por su valor metálico o mediante otro medio que no sea el indicado en las presentes bases, ni tampoco podrán ser cedidos ni vendidos a terceras personas.

A los premios de la presente Promoción les será de aplicación lo establecido en los apartados 9.4 y 9.7 de las presentes bases legales.

Los preventas que disfruten del premio deberán ser mayores de edad.

El premio es único e intransferible.

SÉPTIMO. – MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN

Para participar en la presente Promoción, los concesionarios deberán acceder al sitio web habilitado a tal efecto por la COMPAÑÍA: https://retomsm.com/grandesexperiencias (en adelante, la “Plataforma”) en el apartado ACCESO DISTRIBUIDORES.

La participación en la presente Promoción no requiere registro individualizado por parte del concesionario en la Plataforma. No obstante, el acceso y uso de las funcionalidades habilitadas en dicha Plataforma implica la aceptación expresa de las presentes bases legales y de la política de privacidad aplicable. A tal efecto, la COMPAÑÍA dispondrá los mecanismos técnicos adecuados para garantizar dicha aceptación previa, mediante la inclusión de una casilla de verificación no pre-marcada (checkbox) que deberá ser obligatoriamente seleccionada por el usuario antes de poder visualizar su listado de locales, consultar sus puntos o acceder a cualquier funcionalidad vinculada a la Promoción. Dicha aceptación quedará registrada en los sistemas de la COMPAÑÍA con las debidas garantías legales de trazabilidad y prueba, conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos y contratación electrónica.

Una vez dentro de la Plataforma, cada concesionario podrá acumular puntos en función de su rendimiento comercial conforme al siguiente sistema:

Por cada lote de cinco (5) cajas del producto Mahou Cinco Estrellas formato retornable (tercio o quinto) vendido por el concesionario a alguno de los locales que figuren expresamente en el listado personalizado que se mostrará en su perfil dentro de la Plataforma, se otorgará un (1) punto.

Además, para poder optar al premio, el concesionario deberá alcanzar o superar el objetivo de cajas vendidas asignado por la COMPAÑÍA. Dicho objetivo será establecido de manera individualizada por la COMPAÑÍA, teniendo en cuenta criterios objetivos tales como el historial de ventas y el potencial comercial de cada concesionario.

La obtención de puntos permitirá al concesionario participar en uno de los rankings establecidos, conforme se detalla en la Cláusula Octava. Los concesionarios que, al finalizar el período promocional, hayan obtenido el mayor número de puntos en su ranking correspondiente podrán resultar ganadores de los premios descritos en la Cláusula Sexta.

La COMPAÑÍA se reserva el derecho a verificar la validez de las ventas declaradas y a realizar las comprobaciones necesarias con el fin de garantizar el cumplimiento de la mecánica y condiciones establecidas en las presentes bases legales.

Se va a crear un total de cuatro (4) rankings diferentes donde se segmentará cada una de las empresas distribuidoras participantes en cada uno de los rankings. Según el número de Hectolitros vendidos de la referencia Mahou Cinco Estrellas por cada empresa distribuidora participante se van a crear los siguientes segmentos:

Ranking 1: Empresas participantes que hayan vendido más de 8.000 HL en el año 2024 de la referencia Mahou Cinco Estrellas.

Ranking 2: Empresas participantes que hayan vendido entre 3.001 y 7.999 HL en el año 2024 de la referencia Mahou Cinco Estrellas.

Ranking 3: Empresas participantes que hayan vendido entre 1.001 HL y 3.000 HL en el año 2024 de la referencia Mahou Cinco Estrellas.

Ranking 4: Empresas participantes que hayan vendido menos de 1.000 HL en el año 2024 de la referencia Mahou Cinco Estrellas.

De este modo realizar unos rankings equitativos en los que todos los participantes tengan las mismas posibilidades de ganar. Así, cada empresa participante será enmarcada dentro del ranking que le corresponda en función de los hectolitros vendidos de la referencia Mahou Cinco Estrellas, resultando, ganadoras las tres distribuidoras con más puntos de cada ranking, de modo que habrá un total de 12 ganadores, 3 ganadores por ranking, los tres primeros concesionarios con más puntos. El premio de cada ganador será para todo el equipo/usuario que sea determinado como Ganador.

Los puntos acumulados por cada concesionario se actualizarán mensualmente. La COMPAÑÍA procederá a realizar dicha actualización a partir del día 20 del mes siguiente al de la realización de las ventas computables, momento en el cual se asignarán los puntos correspondientes en la Plataforma. A tal efecto, la COMPAÑÍA podrá solicitar o verificar la documentación justificativa que estime oportuna con el fin de garantizar la veracidad de la información facilitada.

Finalizada la promoción, la COMPAÑÍA extraerá el listado de empresas distribuidoras que hayan participado y designará como ganadora del premio a aquellas empresas que haya registrado más puntos En caso de empate entre empresas, será ganadora del premio la que mayor facturación haya tenido de la referencia Mahou Cinco Estrellas durante la Promoción.

En el plazo de 10 días a aquel en que la COMPAÑÍA extraiga los datos de puntos y se designe el Ganador, le será comunicado tal designación mediante e-mail y teléfono.

Habida cuenta de las características del Premio (que implica el disfrute físico de una determinada experiencia o evento), el Participante manifiesta que no sufre o padece en la actualidad, ni ha sufrido o padecido en el pasado, ninguna enfermedad, ni tiene defecto, lesión preexistente o alteración física alguna, que le impida o limite la posibilidad de disfrute del mismo. Asimismo, el Participante manifiesta estar médicamente apto y adecuadamente entrenado para participar en el evento/experiencia en que consiste el Premio (que implica el disfrute físico de una determinada experiencia o evento), el Participante manifiesta que no sufre o padece en la actualidad, ni ha sufrido o padecido en el pasado, ninguna enfermedad, ni tiene defecto, lesión preexistente o alteración física alguna, que le impida o limite la posibilidad de disfrute del mismo. Asimismo, el Participante manifiesta estar médicamente apto y adecuadamente entrenado para participar en el evento/experiencia en que consiste el Premio.

ninguna enfermedad, ni tiene defecto, lesión preexistente o alteración física alguna, que le impida o limite la posibilidad de disfrute del mismo. Asimismo, el Participante manifiesta estar médicamente apto y adecuadamente entrenado para participar en el evento/experiencia en que consiste el Premio.

A estos efectos, el Participante será el único responsable de las posibles consecuencias adversas que se pudieran derivar para el mismo en el disfrute del Premio, tales como muerte, accidente o lesión, entre otros, por causa de su actuación dolosa, culposa o negligente, siendo asimismo responsable de los daños que pueda causar a otras personas o entidades.

La falta de veracidad, inexactitud o carácter incompleto de las manifestaciones del Participante a estos efectos, no le exime de las responsabilidades en las que incurre, exonerando en cualquiera de los anteriores supuestos a MAHOU, S.A. y a cualquier otra entidad vinculada con la organización y desarrollo del evento/experiencia en que consiste el Premio de cualquier responsabilidad y manteniéndoles indemnes de las mencionadas posibles consecuencias adversas que pudiera sufrir. En particular, el Participante renuncia a reclamar en tales casos a MAHOU, S.A. y a cualquier otra entidad vinculada con la organización y desarrollo del evento/experiencia en que consiste el Premio, cualquier supuesto de posible lucro cesante.

En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas distintas de aquéllas que hayan resultado Ganadoras de la Promoción o, en su caso y de conformidad con lo dispuesto a continuación, los suplentes.

No podrán ser Ganadores de la Promoción el personal laboral, becarios,  subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán ser Ganadores los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.

En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de sus marcas.

OCTAVO. - CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL

8.1.- Legitimación

  • Esta Promoción está limitada a las personas físicas mayores de 18 años o jurídicas profesionales del sector de la distribución, clientes de la COMPAÑIA, con establecimiento abierto dentro del ámbito geográfico de la presente Promoción y que adquieran el producto promocionado a través de los Concesionarios Oficiales de la COMPAÑIA.

8.2.- Limitaciones a la participación

  • La COMPAÑIA queda facultada para excluir a los Participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de la COMPAÑÍA, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
  • En particular, la COMPAÑÍA queda facultada a excluir de la Promoción al personal laboral, becarios, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán participar en la Promoción los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • En caso de que para participar en la Promoción, los Participantes deban crear o diseñar una obra (consistente en una imagen, sonido, vídeo o una obra de cualquier otra índole), la COMPAÑÍA se reserva el derecho de rechazar y eliminar de la Promoción cualquier obra que no se adapte a todos y cada uno de los requisitos señalados por la COMPAÑÍA o que la COMPAÑÍA considere que afecta o es susceptible de afectar la imagen y buena reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de las marcas que integran la cartera de marcas del grupo al que pertenece la COMPAÑÍA.
  • Los datos facilitados por los Participantes, deberán ser veraces. Dado que los datos son esenciales para la participación en la presente Promoción, en el caso de que los mismos fueran falsos, la COMPAÑÍA podrá eliminar al Participante de la Promoción. En caso de que no haya sido detectada la falsedad de los datos y el Participante resulte ganador de un premio de la presente Promoción, el Participante quedará igualmente excluido de la Promoción.
  • En los casos indicados anteriormente, los Participantes que sean excluidos perderán su derecho al premio. En caso de que dichos Participantes hayan resultado Ganadores de la Promoción, al ser excluidos, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.
  • En caso de que la mecánica de la promoción requiera la convalidación de pincodes/tarjetas/tickets o algún otro elemento de similares características, la participación no se considerará válida si dichos elementos se encuentran manipulados o deteriorados de cualquier forma que impida o dificulte la correcta visualización del premio.

Asimismo, esos elementos deberán ser conservados hasta el final del período promocional.

  • Participaciones manipuladas o deteriorados de cualquier forma que impida o dificulte la correcta visualización del premio. Asimismo, esos elementos deberán ser conservados hasta el final del período promocional.

8.3.- Aceptación de las bases legales

  • El mero hecho de participar en esta Promoción implica la aceptación en su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de la COMPAÑIA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.
  • La COMPAÑIA se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo a título meramente enunciativo, pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de las mismas. Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los Participantes a través de los mismos medios en los que se haya comunicado la celebración de la Promoción, quedando eximida la COMPAÑIA de toda obligación o compensación económica respecto a los Participantes.

8.4.- Del premio de la Promoción, su aceptación y cesión

  • El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los Ganadores, siendo los Ganadores las personas que disfruten del mismo, salvo autorización expresa de la COMPAÑIA.
  • Una vez entregados a los Ganadores, los premios no podrán ser objeto de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.
  • Las imágenes o vídeos en los que aparezcan publicitados los premios de la Promoción pueden reflejar bienes o servicios con características sensiblemente distintas a aquéllos que constituyan los premios a ser entregados, no derivándose de ello para la Compañía una obligación contractual o legal de entregar como premio exactamente el bien o servicio que aparezca reflejado en tales imágenes o vídeos.
  • La COMPAÑÍA podrá solicitar a los Ganadores de la presente Promoción la aceptación escrita del premio. Los Ganadores podrán renunciar al premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada asimismo por los Ganadores.
  • Cuando el premio este sujeto a garantía del fabricante o del proveedor, por lo que, en caso de fallo o mal funcionamiento del artículo, los Ganadores deberán dirigirse al servicio técnico del proveedor o fabricante del mismo, quedando la COMPAÑÍA exonerada de cualquier responsabilidad derivada del fallo o mal funcionamiento del artículo.
  • Cuando el premio consista en la realización de un determinado viaje, se entiende que quedan excluidos del premio los desplazamientos de los Ganadores y, en su caso hasta el lugar fijado como punto de partida (incluyendo a título meramente enunciativo y sin limitación, aeropuertos, estaciones de tren, estaciones de autobuses, etc.), las tasas de los aeropuertos o cualquier otro tipo de estación, los gastos extras en los hoteles, los posibles suplementos por subidas de carburante, los gastos derivados de visados y cualesquiera otros gastos derivados de bienes o servicios que excedan de la definición del premio detallada en la Cláusula Sexta.
  • En el supuesto de que estas Bases regulen un determinado período durante el que se pueda disfrutar de los premios, éste deberá ser respetado por los Ganadores, sin que quepa la posibilidad de modificarlo.
  • Si la COMPAÑIA lo considera necesario, se podrá dejar algún premio desierto.
  • Los premios se entregarán exclusivamente dentro del territorio nacional, salvo que en estas Bases se delimite de otra forma, en la dirección que la COMPAÑÍA indique a los Ganadores o, en su caso, suplentes en el momento de la notificación del premio.
  • El período de reclamación de los premios finaliza transcurridos quince (15) días desde que los consumidores reciban la notificación de que han resultado agraciados con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. Los Ganadores podrán reclamar los premios a través del Contacta de la Web.

8.5.- Derechos de propiedad intelectual

  • Para el supuesto de que los Participantes aportaran contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial a través de los medios puestos a su disposición para ello (incluyendo a título enunciativo, mediante WhatsApp, Twitter, LinkedIn y demás redes sociales), los Participantes ceden a la COMPAÑÍA, con carácter exclusivo y gratuito, para todo el territorio mundial y durante todo el periodo de vigencia de los mismos, la titularidad de todos los derechos de propiedad intelectual sobre las obras, que podrán ser explotadas por la COMPAÑÍA sin limitación de ningún tipo.
  • Asimismo, los derechos cedidos sobre todas las obras de la Promoción (tanto si resultan ganadoras como si no) comprenden, sin carácter limitativo, el derecho de reproducción, de distribución, de comunicación pública y de transformación, tal y como aparecen definidos en la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Los derechos cedidos podrán ser explotados por la COMPAÑÍA a través de cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad, incluyendo, sin carácter limitativo, la explotación en televisión y/o mediante cualquier otro procedimiento audiovisual, la explotación online, la explotación en cualesquiera medios impresos (como cartel publicitario, en prensa, dossier de prensa, diarios, revistas, libros, publicidad), la explotación en cualquier tipo de soporte (incluyendo la explotación en DVDs, CDs y la explotación en vídeo), la exhibición en cualesquiera locales (abiertos al público o no) y/o en la vía pública, y el uso de las obras en cualquier actividad y/o medio publicitario o promocional (incluyendo, sin carácter limitativo, publicidad exterior). La COMPAÑÍA estará facultada para ceder y/o licenciar a terceros, con carácter de exclusiva o no, los derechos cedidos.
  • Los Participantes garantizan expresamente, con total indemnidad para la COMPAÑÍA, la autoría y originalidad de cualesquiera de las obras remitidas como consecuencia de esta Promoción, y que las mismas no son copias ni modificación total o parcial de ninguna obra o marca protegible, ni que las mismas se hallan sometidas a ninguna otra promoción o concurso, resuelto o pendiente de resolución. En este sentido, los Participantes se comprometen a mantener indemne a la COMPAÑÍA frente a cualquier reclamación de terceros por daños y perjuicios que se deriven de cualesquiera de las obras remitidas o del uso que de éstas lleve a cabo la COMPAÑÍA en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual o industrial, de competencia desleal o suponga una infracción de la restante legislación que resulte de aplicación.

8.6.- Derechos de imagen

  • Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a la COMPAÑÍA a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su tratamiento a través de cualquier sistema y soporte que permita fijar, insertar, difundir, reproducir, divulgar, comunicar y explotar públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de la COMPAÑIA, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial y sin que de lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por la COMPAÑIA.
  • A estos efectos, las referencias que se hagan a “cualquier sistema y soporte” deben interpretarse de manera extensiva a cualquier medio que permita la fijación, reproducción, distribución y comunicación pública de la imagen y voz, del cedente (incluyendo con carácter meramente enunciativo y no limitativo, la prensa, la televisión, el cine, Internet, los dispositivos móviles, etc.) a utilizar el diseño de las imágenes y voz, en todo tipo de acciones publicitarias tales como presentaciones y eventos organizados por la COMPAÑIA.
  • La autorización incluye todos los derechos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin limitación de tiempo ni de territorio.

8.7.- Fiscal

  • A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación aplicable en cada momento.
  • De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda.
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, la retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 19% sobre la base de retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para la Compañía incrementado en un 20%.

En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, la Compañía deberá practicar las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan sobre el valor de los premios. Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, la Compañía se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.

  • Exceptuando las obligaciones de la Compañía de practicar las retenciones e ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga lo contrario.

8.8.- Exoneración de responsabilidad

  • La COMPAÑÍA, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador de la Promoción por cualquier acción u omisión no imputable a la COMPAÑÍA, sus proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, durante el disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable.
  • La COMPAÑIA no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en esta Promoción. Consecuentemente, los Participantes de la presente Promoción, exoneran a la COMPAÑÍA, de la
  • Forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo la indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar implicada la COMPAÑÍA con motivo y ocasión de la presente Promoción.
  • La COMPAÑÍA, no se responsabiliza de los actos y comportamientos de los Participantes, ni de sus hipotéticas responsabilidades penales, civiles o de cualquier otra índole ni de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable al ganador, o a terceros (como a título de ejemplo, agencias de viaje, compañías aéreas, etc.,) que puedan afectar tanto a la participación como al disfrute de los regalos de la presente Promoción.
  • La COMPAÑIA queda exonerada de toda responsabilidad derivada del mal funcionamiento de correos, de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a la COMPAÑIA y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la COMPAÑÍA por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.
  • Resultará de aplicación a la presente Promoción en la medida en la que proceda las Condiciones Generales de Uso de la Web. www.retomsm.com/grandesexperiencias/condiciones
  • La COMPAÑIA no se hace responsable de los servicios que presten terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación de la presente Promoción.
  • La COMPAÑIA, procederá a la anulación de los SMS, MMS, correos electrónicos u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas, manipuladas o pertenecientes a otras promociones.
  • En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga imposible la determinación del Ganador, la COMPAÑÍA pondrá fin a la Promoción, renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra la COMPAÑÍA, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento.

8.9.- Declaración responsable

  • La COMPAÑIA, se compromete a llevar a cabo la presente Promoción conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre protección de menores.
  • La COMPAÑIA recomienda el consumo responsable de las bebidas alcohólicas.

8.10.- Depósito de bases y su publicación

  • Las presentes bases serán depositadas y publicadas en Registrodebases.tech, plataforma que genera registro a través de la blockchain publica Binance Smart Chain (BSC), asegurando que el documento es original y no puede ser modificado.

NOVENO. - PROTECCIÓN DE DATOS

  • Los datos de los participantes en la Promoción serán tratados conjuntamente por las compañías MAHOU, S.A.; CERVECERA INDEPENDIENTE, S.A. Y AGUAS DE SOLÁN DE CABRAS, S.A. como corresponsables del tratamiento (GRUPO MAHOU-SAN MIGUEL).
  • La finalidad principal del tratamiento de los datos personales de los participantes será la de gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado, así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que sean de aplicación en relación con la Promoción. Para conocer en detalle las finalidades con las que GRUPO MAHOU SAN MIGUEL puede tratar sus datos personales puede acceder a nuestra Política de Privacidad en la siguiente URL: (https://www.mahou.es/politica-de-privacidad/).
  • La base legal para el tratamiento de los datos personales de los participantes con la finalidad anterior será la ejecución del acuerdo contractual de participación en la promoción regulado en las presentes Bases.
  • Sus datos podrán ser compartidos con terceros prestadores de servicios que actuarán como encargados de tratamiento de las compañías de GRUPO MAHOU- SAN MIGUEL, con las Administraciones Públicas para el cumplimiento de obligaciones legales y con aquellas entidades que puedan colaborar en la organización del premio y cuyos datos identificativos serán en todo caso dados a conocer al participante en el contexto de la promoción.
  • Sus datos únicamente serán conservados con posterioridad a la entrega del premio si usted resultó premiado. Esta conservación se realizará a los meros efectos de dar la correspondiente difusión del premio y de cumplir con las obligaciones fiscales que resulten de aplicación o de cualquier otra normativa aplicable.
  • Los participantes podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercitar otros derechos con relación a su información personal, tal y como se explica en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL: (https://www.mahou.es/politica-de-privacidad/).
  • Puede consultar información adicional y detallada sobre como tratamos sus datos en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL: (https://www.mahou.es/politica-de-privacidad/), la cual resultará de aplicación a la presente Promoción en todo lo que no contradiga a las presentes Bases.

DÉCIMO.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE

  • Las Bases de la Promoción se rigen por la ley española.
  • La COMPAÑÍA y los Participantes en la Promoción, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que les sean aplicables en base a la regulación establecida en la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.